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Amplian la tarifa social para los servicios de luz y gas: quiénes la podrán pedir

El Gobierno formalizó dos resoluciones del ministerio de Energía en el Boletín Oficial a través de las que se amplían los condiciones para acceder a la tarifa social tanto de luz como de gas. Las medidas incluyen a las entidades de bien público, como los clubes de barrio, en los cuadros tarifarios de usuarios residenciales.

La Resolución 219 – E/2016 del ministerio a cargo de Juan José Aranguren establece, entre otras cosas, que podrán acceder a la tarifa subsidiada de ambos servicios quienes sufran o tengan a su cargo personas con “una enfermedad cuyo tratamiento implique electrodependencia”, tal como lo había anunciado el funcionario en conferencia de prensa.
También serán incorporados a ese beneficio los monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en dos veces el Salario Mínimo ($15.120 en total) y quienes perciban pensiones no contributivas con ingresos que no superen ese monto.
Además los titulares de una Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur también podrán pedir este beneficio, como también jubilados, pensionados, titulares de planes sociales, trabajadores que ganen menos de dos SMVM así como quienes estén incorporados en el Régimen Especial de Seguridad Social para empleados del Servicio Doméstico.
La Resolución especifica que “el beneficio de Tarifa Social podrá otorgarse a una única unidad habitacional por titular para cada servicio”, y que ese régimen tendrá “un plazo mínimo de seis meses contados a partir de la fecha de su inclusión, salvo que incurra en una de las causales de exclusión”.
Quienes accedan a la Tarifa Social por su carácter de electrodependiente, el consumo de energía eléctrica bonificado “se ampliará a 600 Kwh./mes, en tanto el efectivo consumo del beneficiario no exceda los compatibles con el nivel de tensión, demanda de potencia y límites máximos de consumo de la categoría” que corresponda.
Por otro lado, la Resolución 218 – E/2016 incorpora la categoría “Entidades de bien público” a los cuadros tarifarios de luz y de gas, fijando como tarifas máximas equivalentes a las correspondientes a la categoría “Residencial” de esos servicios.
Las entidades que quieran acceder al beneficio deberán estar registradas ante el Centro Nacional de Organizaciones de la Comunidad (CENOC), que depende del Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales de la Presidencia de la Nación.
Las Resoluciones se enmarcan en las nuevas estructuras tarifarias de los servicios públicos que hizo el Gobierno a partir de los conflictos judiciales que provocaron los cambios en los cuadros tarifarios presentados a principio de año.

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