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El Pais / El Gobierno oficializó los cambios en el impuesto a las Ganancias

Se publicó hoy el decreto 394 y el nuevo mínimo no imponible del Impuesto es de $ 42.318 anual, la modificación la había anunciado el jueves por el presidente Macri.


El Gobierno oficializó los cambios en el impuesto a las GananciasEl Gobierno publicó hoy las modificaciones en el impuesto a las Ganancias,anunciado por el presidente Mauricio Macri el jueves pasado, y que establece un nuevo mínimo no imponible. A través del decreto 394, el Gobierno indica que "el nuevo mínimo no imponible del Impuesto es de $ 42.318 anuales".
"Es conveniente incrementar el importe de las deducciones del Artículo 23 de la Ley de Impuesto a las Ganancias (...) tanto para aquellos contribuyentes asalariados, jubilados y pensionados como para quienes desempeñan su actividad en forma autónoma", dice el decreto firmado por el Presidente, el jefe de Gabinete, Marcos Peña, y el ministro de Hacienda, Alfonso Prat-Gay.
El decreto también echa por tierra la modificación que introdujo el kirchnerismo en agosto de 2013, que excluyó a quienes ganaban menos de $15.000. "Segmentó el universo de los asalariados con la consecuente generación de distorsiones que afectan la naturaleza progresiva del tributo", reza el nuevo decreto.
El decreto, que "tendrá efectos a partir del 1 de enero de 2016, inclusive", establece que:
El mínimo de ganancia no imponible es de $ 42.318.
Las nuevas cargas de familia son $ 39.778 anuales por el cónyuge; $ 19.889 anuales por cada hijo; $ 19.889 anuales por otra persona a cargo.
La deducción especial es de hasta $ 42.318.

Cómo se calcula el impuesto a las Ganancias

En el caso de los asalariados, el impuesto se calcula de la siguiente manera: del sueldo bruto se descuentan los aportes a la seguridad social (jubilación, obra social y PAMI). Al monto resultante se le restan dos conceptos definidos por ley: uno llamado "ganancia no imponible" y el otro, "deducción especial". Estos dos ítems tienen determinados valores, que son los que ahora se elevan. Además, y en caso de corresponder, se descuentan otras deducciones informadas por la persona, ya sea por personas que están a su cargo o por determinados gastos. Esa cuenta define el ingreso imponible, es decir, la parte del salario sobre la que se calculará el impuesto.
El Gobierno decidió ahora llevar la ya mencionada "ganancia no imponible" a $ 42.318 anuales y la "deducción especial", a $ 203.126. Un ejemplo: a una persona que tiene un sueldo neto de aportes de $ 400.000 al año, en el cálculo se le descontarán de esa cifra $ 245.444 (la suma de los dos ítems) y, de esa manera, se llega a una cifra sujeta a impuesto de $ 154.556.
Esta cifra sería la válida para un trabajador sin cargas de familia. Si, en cambio, se trata de alguien que declara cónyuge y dos hijos a su cargo (no deben tener ingresos propios, o de tenerlos, deben ser muy bajos), entonces, además de los $ 245.444, se le descontarán de su salario neto otros $ 79.556. Y así, su ingreso para determinar el impuesto será de $ 75.000.
Con estas cifras ($ 154.556 en el primer ejemplo y $ 75.000 en el segundo), la fórmula de cálculo lleva a una tabla de alícuotas. Esa tabla fija tasas en forma progresiva según determinados rangos de ingresos. ¿Qué ocurre con este tema, uno de los más controvertidos? Los valores que están en esa tabla y que definen en qué escalón se ubica cada quien según su ingreso sujeto al impuesto fueron fijados en el año 2000 y nunca se actualizaron. Esto, conjugado con otras medidas tomadas en los últimos años, había dado una alta probabilidad, para los trabajadores alcanzados, de pagar las alícuotas más elevadas, eliminando la progresividad que con esa tabla se había buscado darle al esquema.
Pero esa tabla no será modificada ahora. La actualización estará prevista en un proyecto de ley que se enviará al Congreso y, según dijo el presidente Mauricio Macri, los efectos recién serán para 2017.
Funete: Q PASA SALTA

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