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Con el decreto 678, Macri modificó la Ley de Medios

En esta nota te contamos todos los cambios que se le hicieron a la ley.


Mediante el decreto 678, el presidente Mauricio Macri suprimió los identificadores del comienzo y fin de las tandas publicitarias en los programas de radio y televisión, que desde 2010 separaban esos espacios del contenido narrativo por disposición del decreto 1225/10, reglamentario de la Ley de Medios. Entre sus argumentos, señaló que no se trata de “medios indispensables ni suficientes” para “la protección de la audiencia”.
Consideró, además, que “otras formas de publicidad” no tradicional, tales como “los auspicios o agradecimientos” incluso resultan “contabilizados dentro del tiempo máximo de emisión publicitaria, aunque no integran la tanda”.
A su vez, evaluó que el alerta de las tandas publicitarias puede “generar la disrupción de la unidad narrativa del contenido de programación de que se trata, en perjuicio de la audiencia, lo que torna necesaria la adaptación de la normativa en cuestión”.
“Resulta conveniente dejar sin efecto la previsión normativa que obliga a identificar las tandas publicitarias al inicio y al final como ‘espacio publicitario'”, concluyó y no obstante agregó que proseguirá “las obligaciones” para “respetar la separación de la publicidad respecto de la programación y el tiempo que destinan a ella”.
Macri también dejó de lado la obligación para las emisoras de radios de informar la hora cada 30 y 60 minutos con un top audible y estableció que los licenciatarios “podrán informar la hora oficial, brindada por el Observatorio Naval Buenos Aires del Servicio de Hidrografía Naval”.


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